Aumento de litigios por problemas en la protección de datos y ciberseguridad
Se ha publicado recientemente en el BOE el nuevo Esquema Nacional de Seguridad (ENS), una certificación necesaria para toda empresa que trabaje con la Administración.
La nueva regulación se adapta a las diferentes leyes estatales y europeas e incide en el papel de los CISO. ¿Y dónde queda el papel del delegado de protección de datos (DPD)?
¿Qué es un CISO?
Es la persona encargada de la seguridad de los sistemas de la información. La ley obliga, en determinados casos, a tener esta figura en plantilla, siendo un activo muy valioso, que debe integrarse dentro de la estructura y organigrama de la empresa, a alto nivel.
Tiene que organizar la ciberseguridad de la compañía y es el responsable máximo del tema, así como el interlocutor con la Administración, incluidos los trámites cuando hay un percance.
No hay que olvidar que cualquier empresa, pequeña o grande, de cualquier sector, tiene una gran exposición de sus activos. Si estos no se protegen, puede llevar a la pérdida de partes valiosas de la empresa y, por supuesto, puede afectar a la continuidad del negocio.
Quin és el problema?
La realidad del CISO no se corresponde con lo expuesto. ¿Cuenta con los recursos necesarios? ¿Se recorta su presupuesto desde áreas como dirección o finanzas, que poco saben de ciberseguridad? ¿Es un cabeza de turco? ¿Tiene que estar siempre en alerta? ¿Sufre burnout? Son muchos los problemas que puede tener un CISO, como podéis ver en este artículo publicado en nuestro blog. Quizá por todo ello, se permite que el CISO pueda ser externo a la empresa o incluso que forme parte de otra compañía de servicios de ciberseguridad.
Casos reales. ¿Es el CISO siempre el responsable?
Os explicamos a continuación un par de casos reales, de problemas con mayúsculas de dos empresas muy conocidas y con implantación global.
• CISO de SolarWinds.
SolarWinds es una empresa estadounidense con sede en Austin (Texas) y que desarrolla software para empresas. Unos piratas informáticos llevaron a cabo un ataque a la cadena de suministro a través de SolarWinds y violaron las redes de varios departamentos del gobierno de EE.UU., incluida la agencia a cargo del arsenal de armas nucleares del país. Todo eso como parte de una campaña mundial de ciberespionaje de meses de duración revelada en diciembre de 2020. Parece el caso más claro de “cabeza de turco”, por la resonancia que tuvo el caso, y porque le acusaron de negligencia. Resultado: lo demandaron por nada más y nada menos que 1.500 millones de dólares.
• CISO de UBER.
Este caso es diametralmente opuesto al anterior. Encubrió un posible pago de ransomware. Recordamos que pagar a ciberdelincuentes es delito. Y a este delito abría que añadir que si había sido negligente en su cargo, doble error.
Acabamos dejando claro el concepto de NEGLIGENCIA. Según la Real Academia Española es:
1. f. Descuido, falta de cuidado.
2. f. Falta de aplicación.
Conocer la legalidad
Como podéis ver, y siguiendo nuestro título de hoy, Aumento de litigios por problemas en la protección de datos y ciberseguridad las leyes cobran un protagonismo esencial. Por eso nos pusimos en contacto con uno de los despachos profesionales más especializado en Derecho Tecnológico: Tecnogados, con el que colaboramos asiduamente. Y les pedimos que nos explicaran su visión de estos temas. Y el resultado es este post compartido que estáis leyendo. Como venimos de casos reales, retoman el tema con un caso real vivido directamente.
En Tecnogados estuvimos muy atentos a la resolución de la Agencia Española de Protección de Datos, la nº E/09159/2020, respecto a la brecha de privacidad que sufrió la empresa Mapfre.
En dicha resolución, se puede leer la actuación de la compañía en relación al ataque que sufrió por la infección de un ransomware, y como la empresa una vez puesta la denuncia pertinente, comunico los hechos al INCIBE y CCN-CERT, así como publicó lo acaecido en su web y redes sociales.
De las actuaciones llevadas a cabo pudimos ver como la empresa, una vez detectado el virus, realizó una búsqueda en la web de VirusTotal y como en esa fecha el malware también era indetectable.
Mapfre también obtuvo las evidencias forenses necesarias para detectar el origen de la infección, con el fin de evitar posibles reinfecciones.
En relación a las medidas proactivas que tenía implementadas, consta que la compañía estaba suscrita a un código de conducta en materia de protección de datos y contaba con un plan de contingencia. El conjunto de actuaciones, como no pudo ser de otra manera, acabo con el archivo del expediente.
¿Y qué queremos haceros ver con todo esto? Pues que el trabajo en materia de ciberseguridad (CISO) va unido de la mano al del delegado de protección de datos (DPD). Donde el primero dice que medidas técnicas aplicar y, el segundo, que información proteger respecto a datos personales o potencialmente identificables.
Ambas figuras CISO y DPD también deberían tener una obligada colaboración, respecto a que medidas implementar en ciberseguridad y privacidad, desde el diseño y por defecto, donde la anticipación y la proactividad sean un valor para garantizar el cumplimiento normativo y así cumplir con el Reglamento Europeo de Protección de Datos, en relación a principios como la minimización de información para cumplir la finalidad del tratamiento o implementar medidas que permitan cumplir efectivamente el ciclo de vida del dato y el efectivo ejercicio del derecho de supresión del interesado.
Respecto al ENS y en relación al perfil de nuestros lectores, aquí cabría traer a colación que pasa con aquellas pymes que trabajan para la Administración, sobre todo en dos aspectos.
Primero, que requisitos tienen que cumplir estas empresas con relación al trabajo que llevan a cabo a entidades públicas y que medidas tiene que aplicar.
En este sentido, sería interesante que la Autoridad pertinente estandarizará procedimientos de cumplimiento para que cualquier proveedor de servicios de la Administración supiese que medidas tiene que aplicar.
Pero, en segundo lugar, también sería interesante para los entes públicos, el saber que requisitos tendrían que sacar en sus concursos, para que el candidato pueda garantizar un nivel óptimo de cumplimiento en materias como la ciberseguridad y la privacidad y que estos pudieran ser un factor determinante para la adjudicación del trabajo.
Por último, indicar que teniendo que ser el CISO y el DPD personas distintas dentro de la organización conforme al ENS, su labor, sin embargo, es totalmente complementaria donde, por un lado, uno aporta el conocimiento técnico y el otro garantiza el cumplimiento normativo.
Imagen principal: Pete Linforth en Pixabay
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Hoy es el CISO Day 2022
Posiblemente no exista una figura más relevante en el mundo empresarial relacionado con la ciberseguridad que el CISO, o persona encargada de la seguridad de los sistemas de la información. Por ello nos parece más que justificada la iniciativa de dedicarle un evento. Así nació el CISO Day, que en pocos años ya ha pasado a ser el mayor evento de España en torno a la figura del CISO.
En tan solo cuatro años este evento ha alcanzado una notoriedad muy merecida. Basta mirar los temas a tratar en la presente edición para corroborarlo: estrategia, ciberinteligencia, hacking, ciberseguridad o ciberinnovación.
La iniciativa de organizar un CISO Day la tuvo CyberSecurity News, el mayor medio de comunicación especializado en el sector de la ciberseguridad en España. Y naturalmente sigue siendo el organizador del evento. Eso sí, cuenta con el apoyo institucional del Centro Criptológico Nacional y los necesarios patrocinadores.
El CISO Day 2022 se celebra en los Cines Palacio de Hielo de Madrid y cuenta con dos salas. El congreso tiene un formato híbrido, presencial por un lado y virtual por otro. La buena noticia es que se puede seguir en directo a través del canal de YouTube de CyberSecurity News. Aun así hay que comprar la entrada. En la web del certamen, www.cisoday.es, tenéis el programa completo, los ponentes y todo lo relacionado con la jornada, que comienza a las 9.15 con la bienvenida a cargo de Vicente Ramírez, redactor jefe de CyberSecurity News y creador del CISO Day.
TECNOideas puede ser vuestro CISO Externo
Os queremos recordar que la figura del CISO es esencial. Tanto es así que la ley 43/2021 especifica que las empresas de ciertos sectores estratégicos, tienen la obligación de contar con un CISO, o persona encargada de la seguridad de los sistemas de la información. Tenéis toda la información sobre la ley, los sectores definidos como estratégicos en el anexo de la norma y las opciones que os ofrecemos en el apartado Normativa/Compliance de nuestra web.
El trabajo del CISO es verdaderamente indispensable y poco tiene que ver con el que realiza un informático. Sin embargo es también muy estresante y dado el nivel que se le exige, implica una remuneración elevada, que muchas empresas ne se pueden permitir. Quizá por todo ello la propia ley también reconoce la posibilidad que el CISO sea externo. Y ahí es donde TECNOideas os puede ayudar.
Para entenderlo mejor, os invitamos a leer un par de artículos publicados en este blog. En el primero de ellos, explicamos detenidamente las funciones que debe tener un CISO.
En el segundo os explicamos la problemática que están teniendo los CISO en todo el mundo, como por ejemplo el burnout y por eso lo titulamos 5 motivos para preferir un CISO externo en ciberseguridad.
¡Que disfrutéis del día!
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Explicando nuestros servicios (II): CISO externo
Después de nuestro último artículo en el que explicábamos nuestro servicio de auditoría, hoy queremos adentrarnos en el mundo de los CISO. Porque sigue siendo un gran desconocido en todo el entorno empresarial que no esté estrechamente ligado a temas tecnológicos.
La verdad es que poco a poco vamos cayendo en el lenguaje anglosajón y sus derivados. Por ello las funciones que se desarrollan en lo alto de la cúspide de una empresa han pasado a ser conocidas por siglas. El ejemplo más claro y usado en la actualidad es el del CEO, que se corresponde con el cargo más alto del organigrama empresarial y que vendría a ser el director ejecutivo o gerente o director general. Pero hay muchas más siglas para definir estos cargos. Lo podéis leer en este artículo de la web del INCIBE.
Pero… ¿qué porras es un CISO?
CISO viene del inglés, Chief Information Security Officier. O sea director de seguridad de la información. Este cargo que parece salido de una novela de Ian Fleming o de John le Carrée es esencial, porque se ocupa de alinear la seguridad de la información con los objetivos de negocio de su empresa. O sea, es el responsable de que toda la información de la empresa está bien protegida. Por lo tanto es un cargo ejecutivo, cuya función está muy próxima a las grandes decisiones de la dirección de la empresa.
¿Qué responsabilidades tiene?
Cada empresa tiene unas peculiaridades propias, según el sector, el tamaño, la actividad… Pero hay una serie de responsabilidades generales que resumimos a continuación:
- Responsabilizarse de organizar la arquitectura de seguridad de su empresa.
- Garantizar la seguridad y la privacidad de los datos de la empresa, de sus trabajadores y proveedores.
- Supervisar el control de acceso a la información y documentos más sensibles de la empresa que define la dirección general. ¿Quién debe tener acceso a qué?
- Responsabilizarse de la rápida respuesta ante incidentes de seguridad y/o ciberataques.
Es muy importante señalar que las funciones del CISO van variando continuamente, porque la ciberseguridad es como un ente vivo, que va modificándose constantemente. Nuevas leyes, nuevas normativas, nuevas formas de actuación por parte de los ciberdelincuentes, etc. Por ello exige que el CISO esté siempre al día y se encargue de nuevos roles impensables hace unos años.
En España, ¿qué sectores están obligados por ley a contar con un CISO?
Segun la ley 43/2021, publicada en el BOE el 26 de enero, las empresas de ciertos sectores, tienen la obligación de contar con un CISO. Concretamente:
Los servicios esenciales dependientes de las redes y sistemas de información comprendidos en los sectores estratégicos definidos en el anexo de la Ley 8/2011, de 28 de abril, por la que se establecen medidas para la protección de las infraestructuras críticas.
Los servicios digitales que sean mercados en línea, motores de búsqueda y servicios de computación en nube, que tengan su residencia en España.
Tenéis más información al respecto AQUÍ.
“La ley permite que las empresas obligadas a ello, tengan un CISO EXTERNO.
Es la mejor opción para una gran mayoría de pymes.”
¿Cuál es la problemática actual de los CISO de una empresa?
Hay varias problemáticas que cualquier empresa debe afrontar con el cargo del CISO. Vamos a enumerar las más frecuentes.
- Recursos Humanos. Es un cargo ejecutivo y de mucha responsabilidad. Por ello se requieren profesionales muy cualificados y experimentados. No abundan los profesionales con este perfil y los que hay tienen una retribución bastante elevada.
- ¿Un puesto desatendido? El CISO puede enfermar, tiene que disfrutar sus vacaciones y tiene los fines de semana libres. Pero los problemas en los sistemas de seguridad no saben de todo esto y los ciberdelincuentes sí. Pueden producirse incidentes en cualquier momento.
- El aumento constante de los incidentes por parte de ciberdelincuentes ha motivado que algunos CISO prefieran ocupar otros puestos de menor responsabilidad dentro de la empresa debido al estrés constante que lleva implícito el cargo de CISO y el subsiguiente burnout (estar “quemado”).
Podéis leer algunos de los problemas de los CISO en ESTE ARTÍCULO. - Cierto que el CISO puede contar con un pequeño equipo que siga sus instrucciones. Pero normalmente no suele ser de la empresa, sino externos, subcontratados. Ergo… ¿por qué no externalizar el servicio de CISO desde el principio?
¿En qué consiste el servicio de CISO EXTERNO que ofrece TECNOideas?
- Auditoria de la infraestructura, poco a poco durante los primeros meses.
- Auditoría de políticas, o creación de las mismas, para auditorias externas, Isos, otras normativas, etc.
- Revisión de assets (activos) públicos y correo electrónico (dominios propios).
- Monitorización remota 24 horas al día. Aparte de realizar un inventario de la infraestructura, se hace un análisis comparativo de posibles trazas de malware, de vulnerabilidades específicas de software o hardware, etc.
- Campaña phising simulada, periódica.
- Formación. Porque todas las medidas pasan por el eslabón más débil, el empleado. Hay que concienciarlo y hacerle participe de las políticas de la empresa en cuando a ciberseguridad.
- Gestión de planes: anuales, bianuales, planes de recuperación, contra incidentes, etc.
- Recomendaciones. Todo lo que veamos que se puede mejorar, o necesite la empresa, lo haremos, en los informes mensuales, trimestrales o anuales.
“Una de las ventajas de contar con TECNOideas como CISO externo
es su servicio de monitorización constante 24/7.”
¿Qué ha de valorar un CISO según la ley española y que ofrece TECNOideas?
- Análisis y gestión de riesgos. Infraestructura interna y protocolos.
- Gestión de riesgos de terceros o proveedores. Revisar tanto contratos como técnicamente servicios que contrate el cliente.
- Catálogo de medidas de seguridad, organizativas, tecnológicas y físicas. Serie de recomendaciones según lo que se descubra.
- Gestión del personal y profesionalidad. Formación, formación y formación.
- Adquisición de productos o servicios de seguridad. Comprar e instalar o bien asesorar sobre cualquier software o hardware que precise la empresa.
- Detección y gestión de incidentes. Monitorización, e intervención cuando sea necesario.
- Planes de recuperación y aseguramiento de la continuidad de las operaciones. Gestión, control o asesoramiento en temas de backups, y por supuesto, simulaciones para recuperación de datos.
- Mejora continua.
- Interconexión de sistemas.
- Registro de la actividad de los usuarios.
“Es muy importante señalar que las empresas
deben facilitar los medios y poner todo el empeño
en realizar sus tareas, para llegar a los objetivos planteados.”
No lo dudéis: tener un CISO EXTERNO es la mejor opción de ciberseguridad para vuestra empresa.
Consultad como podemos ayudaros y pedidnos un presupuesto:
os sorprenderán nuestras tarifas escalables según vuestras necesidades.
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5 motivos para preferir un CISO externo en ciberseguridad
Damos por hecho que a estas alturas la mayoría de empresas saben que la ciberseguridad hay que tomársela en serio. Para ello es imprescindible tener la figura de un CISO (director de seguridad de la información). Pero este puesto tan necesario puede externalizarse y os vamos a dar 5 motivos para preferir un CISO externo de ciberseguridad.
1. El problema de los fines de semana, puentes y vacaciones
Acabamos de regresar del mes de vacaciones por excelencia en nuestro entorno. Pero las cosas cambian. Cada vez hay menos empresas que cierran en época estival, aunque eso sí, reducen considerablemente su actividad y eso incluye a los socios tecnológicos.
Como hemos advertido en más de una ocasión, los ciberdelincuentes (que no los hackers, recordad que esos son los “buenos”), saben aprovechar las debilidades de las empresas que tienen en su punto de mira. Esto significa que cuando tienen opciones de entrar, lo hacen. ¿Y qué mejor que aprovechar las debilidades del sistema en un fin de semana, un puente, unas vacaciones? Es entonces cuando el equipo técnico está debilitado o ausente y la capacidad de reacción es nula o muy lenta. También es cuando algún empleado no formado adecuadamente se convierte en un insider (personas dentro de una compañía que divulgan información sensible sobre su empresa).
Todos estos problemas no existen si se externaliza el servicio del CISO, porque la detección y gestión de incidentes no descansa y hay una vigilancia proactiva de 24 horas/7 días a la semana.
2. Los problemas de Recursos Humanos que genera tener un CISO en plantilla
Uno de los motivos por los que las empresas no tienen un CISO de ciberseguridad en nómina es debido a los problemas que conlleva en cuanto a Recursos Humanos. Los principales problemas vienen de la falta de personal adecuadamente formado para esta función. La demanda de profesionales necesarios para cubrir puestos de trabajo relacionados con la ciberseguridad ha aumentado, pero las formaciones actuales aun están lejos de cubrir las necesidades reales del mercado. El resultado es que el sueldo de un CISO profesional es considerable. Además es preciso que tenga un mínimo de equipo para cubrir todas las horas del día, las posibles bajas por enfermedad, vacaciones o cualquier otra contingencia que pueda producirse.
El servicio de CISO externo significa un ahorro significativo para una empresa, por la diferencia entre el coste del servicio y el sueldo del profesional cualificado.
3. Los expertos en ciberseguridad sufren burnout

El tema de los trabajadores “quemados” en el sector ha sido una constante durante el mes de agosto. La imposibilidad de desconectar, el miedo a que se produzca un ciberataque, la angustia que provoca la duda constante de saber si se sabrá reaccionar a tiempo y evitando grandes males a la empresa son las principales causas de este síndrome. Y es que hay una muy estrecha línea entre la ciberseguridad y la salud mental de sus trabajadores. Este estrés continuo provoca que el tiempo medio que aguanta un analista de seguridad en su puesto de trabajo sea de 26 meses en Estados Unidos. Así lo revela un estudio del Instituto Ponemon (institución que promueve el uso responsable de la información y las prácticas de gestión de la privacidad dentro de las empresas y el gobierno) y FireEye (empresa californiana que provee servicios de análisis y prevención de vulnerabilidades) que se dio a conocer el año pasado.
La conciliación familiar es también difícil para estos trabajadores, especialmente por los horarios de trabajo y el tener que estar siempre localizables. El resultado de todo ello es que buscan una mayor tranquilidad laboral y no tener que estar pendientes de posibles emergencias cuando acaban su horario de trabajo.
Si estáis interesados en saber más sobre este llamativo tema, os recomendamos la lectura de este artículo de Business Insider publicado la semana pasada.
Es evidente que externalizar los servicios de un CISO no comportará para la empresa todos estos posibles problemas de salud de sus trabajadores.
4. La ciberseguridad no puede ser un complemento de la empresa, sino parte del negocio
Así de claro se mostraba Iván Portillo en la entrevista que le hicimos junto a Wiktor Nykiel. Ambos son referentes del mundo de la ciberinteligencia y lo tienen muy claro. Todas las pymes y grandes empresas tienen que destinar partidas presupuestarias a implementar medidas esenciales y madurar sus procesos actuales en cuanto a ciberseguridad. Además, como ellos se encargan de recordarnos, “no solo tenemos que pensar en vulnerabilidades que puedan tenerse a nivel de hardware o software, sino también a nivel procedimental, políticas internas, etc.”.
También en TECNOideas lo tenemos claro: hay que construir la ciberseguridad desde el mismo momento que hay un proyecto empresarial. Ambos han de crecer en paralelo. Y para una empresa que comienza no hay nada mejor que externalizar este servicio. Dejarlo en manos de profesionales capaces de asesorar, recomendar y buscar las mejores soluciones en todo momento, así como mantener todos los equipos actualizados. Y si además ofrece formación adecuada para todos los niveles de trabajadores de la empresa, mucho mejor.
El tema se ha complicado mucho con el teletrabajo y la necesidad de extender la ciberseguridad a los hogares de los trabajadores. Ya os hemos informado sobradamente de los peligros que entraña el teletrabajo. El servicio externalizado permite más fácilmente ampliar la ciberseguridad a los equipos domésticos.
Externalizar este servicio significa estar siempre al día en cuanto a actualizaciones de ciberseguridad y opciones de formación para todos los niveles de trabajadores de la empresa.
5. La ley obliga a tener un responsable de la seguridad de la información y permite que este servicio sea externo
El marco normativo es muy claro. Establece que los operadores de servicios esenciales deberán nombrar una persona u órgano colegiado responsable de la seguridad de la información. Ejercerá las funciones de punto de contacto y coordinación técnica con la autoridad competente y los Equipos de Respuesta a Incidentes de Ciberseguridad (CSIRT) de referencia. Este servicio puede ser externalizado.
La ley se aplica a los operadores de servicios esenciales dependientes de las redes y sistemas de información de diversos sectores estratégicos. También a los servicios digitales que sean mercados en línea, motores de búsqueda en línea y servicios de computación en nube.
Las empresas que externalizan este servicio cumplen la normativa legal mucho antes que las que optan por buscar e incorporar un CISO a su plantilla.
Si tenéis dudas sobre estos 5 motivos para preferir un CISO externo de ciberseguridad
o queréis saber más sobre las tareas propias de un CISO,
podéis acceder a toda la información que tenéis en nuestra web,
en el apartado Servicio CISO Externo.
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¡TECNOideas puede ser vuestro CISO! Una nueva ley obliga a algunas empresas a tener un responsable de ciberseguridad
El Real Decreto 43/2021 de 26 de enero hace referencia a la seguridad de las redes y sistemas de información de diversos sectores estratégicos. Obliga a las empresas implicadas a tener un responsable de la seguridad de la información (CISO) en menos de tres meses. La buena noticia es que esta figura puede ser externa. ¡TECNOideas puede ser vuestro CISO!

Imagen de Gerd Altmann en Pixabay.
Tanto la Unión Europea como el Gobierno de España están decididas a que los delitos cibernéticos no sean un continuo dolor de cabeza para las empresas. Tras la puesta en marcha del Esquema Nacional de Seguridad (ENS) se acaba de publicar ahora en el BOE el nuevo Real Decreto 43/2021 de 26 de enero por el que se desarrolla el Real Decreto-ley 12/2018, de 7 de septiembre, de seguridad de las redes y sistemas de información. Lo podéis leer AQUÍ.
La ley afecta a las empresas que trabajen en el marco de los servicios esenciales dependientes de diversos sectores estratégicos y a los servicios digitales que sean mercados en línea, motores de búsqueda y servicios de computación en nube. La ley también especifica que las empresas afectadas deben facilitar los medios y poner todo el empeño para que el responsable de ciberseguridad pueda realizar adecuadamente sus tareas, que a nivel general son:
- Anàlisi i gestió de riscos.
- Gestió de riscos de tercers o proveïdors.
- Catàleg de mesures de seguretat, organitzatives, tecnològiques i físiques.
- Gestió del personal i professionalitat.
- Adquisició de productes o serveis de seguretat.
- Detecció i gestió d'accidents.
- Plans de recuperació i assegurament de la continuïtat de les operacions.
- Millora contínua.
- Interconnexió de sistemes.
- Registre de l'activitat dels usuaris.
Las ventajas de externalizar este servicio
Las empresas que no sean grandes o que no puedan disponer en plantilla de un responsable de ciberseguridad, pueden contratar externamente este servicio.
Esta opción tiene muchas ventajas para las empresas, por la diferencia entre el coste del servicio y el sueldo que puede tener un CISO profesional. También permite que las empresas se centren en su actividad profesional sin tener que preocuparse de todos estos temas, ya que las funciones del CISO van a ser importantes y laboriosas:
a) Elaborar y proponer las políticas de seguridad para gestionar los riesgos que se planteen para la seguridad de las redes y sistemas de información utilizados y para prevenir y reducir al mínimo los efectos de los ciberincidentes.
b) Supervisar y desarrollar la aplicación de las políticas de seguridad, normativas y procedimientos derivados de la organización y llevar a cabo controles periódicos de seguridad.
c) Elaborar el documento de Declaración de Aplicabilidad de medidas de seguridad.
d) Actuar como capacitador de buenas prácticas en seguridad de las redes y sistemas de información, tanto en aspectos físicos como lógicos.
e) Remitir a la autoridad competente, a través del CSIRT de referencia y sin dilación indebida, las notificaciones de incidentes que tengan efectos perturbadores en la prestación de los servicios.
f) Recibir, interpretar y supervisar la aplicación de las instrucciones y guías emanadas de la autoridad competente, tanto para la operativa habitual como para la subsanación de las deficiencias observadas.
g) Recopilar, preparar y suministrar información o documentación a la autoridad competente o el CSIRT de referencia, a su solicitud o por propia iniciativa.
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