¿Ya conocéis el alcance del ENS para entidades locales?
Si sois una entidad local o una empresa que trabaja con ella debéis conocer el “Prontuario de ciberseguridad para Entidades Locales” relacionada con el Esquema Nacional de Seguridad (ENS), que se acaba de actualizar.
Os hemos hablado en varias ocasiones del Esquema Nacional de Seguridad (ENS), una certificación muy necesaria para toda empresa que trabaje con la Administración. Posiblemente las entidades locales son las que tienen más empresas realizando algún tipo de servicio o de suministro para ellas. Por eso es de vital importancia conocer el prontuario de ciberseguridad que acaba de actualizar el Centro Criptológico Nacional junto a la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP).
Este documento tiene dos propósitos claramente definidos. Por un lado se quiere mostrar a las entidades locales (EE.LL.) y a todo su personal responsable, la realidad de las amenazas y riesgos actuales en todos los temas relacionados con el ciberespacio y la digitalización.
Por otro lado señala con claridad las garantías que ofrece el Esquema Nacional de Seguridad a las EE.LL. Debemos recordar que las EE.LL., al igual que otras Administraciones, tienen la obligación de certificarse con el ENS, ya que es la única manera de garantizar la seguridad de la información tratada, así como los servicios prestados.
Según la RAE, un prontuario es, en su primera acepción, un “resumen o breve anotación de varias cosas a fin de tenerlas presentes cuando se necesiten”. Y eso es exactamente este prontuario, que tiene 39 páginas, siete capítulos y un anexo consistente en una tabla de Funciones y Responsabilidades, tanto de los cargos electos como de los funcionarios.
A los operadores del sector privado que presten servicios o provean soluciones
a las entidades locales, se les exigirá el cumplimiento del Esquema Nacional de Seguridad.
Para ello deberán exhibir la DECLARACIÓN DE CONFORMIDAD
con el ENS, cuando se trate de sistemas de categoría BÁSICA, o la
CERTIFICACIÓN DE CONFORMIDAD cuando se trate de categorías MEDIA o ALTA.
Los principales capítulos son:
- Objeto del documento. Se explica el doble propósito que hemos mencionado en el párrafo anterior.
- La problemática de la ciberseguridad local. Se explica que la reducción presupuestaria de las EE.LL. y se demanda a los responsables locales encontrar formas innovadoras de garantizar la sostenibilidad de sus servicios. Se destaca también que “la ciberseguridad es vital para garantizar que los ciudadanos confíen en los Ayuntamientos cuando les remitan sus datos.”
Finalmente se añade una lista con las principales amenazas, con una breve descripción de cada una de ellas. - El cumplimiento del Esquema Nacional de Seguridad en las EE.LL. En este capítulo se recuerda que el objeto del ENS es determinar la política de seguridad que se ha de aplicar en la utilización de los medios electrónicos por parte de las entidades del sector público.
- Los responsables públicos y la ciberseguridad. Es el capítulo más extenso. Se determinan las funciones y responsabilidades de todos los integrantes de las corporaciones locales.
- La prestación de servicios externos. Este capítulo es muy importante para las empresas del sector privado que presten servicios o provean soluciones a las entidades locales.
Tenéis más información sobre este tema en la Guía de Seguridad CCN-STIC 830 y también
en la Guía de Seguridad CCN-STIC IC-01/19.
Podéis acceder al documento “Prontuario de ciberseguridad para EE.LL.” AQUÍ.
TECNOideas cuenta entre sus servicios la posibilidad de que las empresas y entes locales
puedan certificarse en el Esquema Nacional de Seguridad.
Para ello contamos con experto personal técnico y jurídico. En 2022 ya hemos acompañado a diversas entidades locales en su proceso de certificación del ENS.
Además, ofrecemos la opción de la doble certificación
en sistemas de seguridad de la información: ENS + ISO 27001.
Imagen principal: Imagen Oberholster Venita en Pixabay
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La nueva ISO 27032 es un estándar de ciberseguridad
Ya se ha hecho pública la nueva versión de la norma ISO 27032, que se convierte en la más específica certificación sobre ciberseguridad. Se trata de una nueva oportunidad para que las empresas demuestren a sus clientes que cumplen con la ley y las diferentes normativas. Y además que son sensibles a los problemas de ciberseguridad, protegiendo y preservando la confidencialidad, integridad y disponibilidad de la información.
Llevamos mucho tiempo insistiendo en la necesidad de que las empresas se certifiquen en los estándares de las tecnologías de la información y os hemos hablado a menudo de la ISO 27001 y del Esquema Nacional de Seguridad (ENS).
Pero hoy queremos hablaros de la ISO/IEC 27032, porque es un nuevo estándar concreto de ciberseguridad.
La ISO 27032 nació en el año 2012 con el objetivo de mejorar el estado de la ciberseguridad o lo que entonces se llamó “la seguridad del ciberespacio”. Se entendía el ciberespacio como “el entorno complejo resultante de la interacción de personas, software y servicios en Internet por medio de dispositivos tecnológicos y redes conectadas a él, que no existe en cualquier forma física”. Por su parte la RAE lo define como “Ámbito virtual creado por medios informáticos”. Y por lo tanto la seguridad del ciberespacio es “la preservación de la confidencialidad, integridad y disponibilidad de la información en el Ciberespacio”.
Podéis ver un artículo sobre la nueva norma en la web del Centro Criptológico Nacional AQUÍ.
La nueva ISO 27032 es un estándar de ciberseguridad
Desde hace un tiempo la Organización Internacional de Normalización estaba trabajando en una nueva versión de esta norma y ahora finalmente se ha presentado. Entre las novedades más destacadas se encuentra el cubrir los espacios que hasta ahora no quedaban encuadrados en anteriores normas de seguridad de la información. También es importante señalar que la empresa que se va a certificar debe ser muy proactiva en las medidas de seguridad y en los mecanismos de prevención.
Con la ISO 27032 se pretende garantizar la seguridad en los intercambios de información en la red con este nuevo estándar, que puede ayudar a combatir el cibercrimen con cooperación y coordinación. La certificación proporciona un marco seguro para el intercambio de información, el manejo de incidentes y la coordinación para hacer más seguros todos los procesos.
Una vez más debemos recomendar a las empresas que consideren el certificarse, porque la ISO 27032 ayuda a prepararse, detectar, monitorizar y responder a los ataques. Al mismo tiempo permite luchar contra ataques de ingeniería social, hackers, malware, spyware y otros tipos de software no deseado.
¿Cómo es la certificación?
TECNOideas puede ayudar a certificaros, como en el caso de la ISO 27001 y del Esquema Nacional de Seguridad. Con el método TECNOideas os será sencillo el trabajo a realizar porque os acompañamos de principio a fin.
La certificación engloba cuatro partes:
- Seguridad de las redes
- Seguridad de la información
- Seguridad en internet
- Protección de las infraestructuras críticas
A partir de ahí, trabajamos con nuestro cliente para revisar los productos y servicios que posee, el marco normativo, su documentación de seguridad, los flujos de información de los procesos, etc. con el fin de llegar al análisis de riesgos.
Sobre ellos establecemos el plan de acción, según las directrices que marca la ISO 27032. Naturalmente, este plan supone la implicación de los diferentes departamentos de la empresa.
En la web de la Organización Internacional para la Estandarización tenéis toda la información sobre esta norma desde sus inicios en 2012, la información general, etc. AQUÍ.
Precisamente la semana pasada publicamos un artículo sobre la necesidad que tienen de certificarse los Centros de Procesos de Datos (CPD). Y es que las certificaciones son necesarias para grandes y pequeñas empresas y por supuesto para los CPD’s, que si no pueden acreditar que cumplen los estándares exigidos, se van a quedar sin clientes.
Esta certificación, como las anteriormente citadas, son de gran ayuda en el modelo de negocio de las empresas que la obtienen porque:
- Asegura el cumplimiento de la ley y las normativas.
- Ofrecen seguridad y seriedad a sus clientes.
- Certifican el buen uso de los datos que sus clientes les confían.
- Ordenan internamente los distintos departamentos en temas de ciberseguridad.
- Ofrecen formación personalizada (según las necesidades de cada departamento) a todo el personal.
- Es una importante ventaja frente a la competencia.
¡Podéis obtener la certificación ISO 27032
con la ayuda de TECNOideas!
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Ha llegado la hora de los CPD’s: certificarse o morir
Los Centros de Procesos de Datos (CPD) han ido cogiendo protagonismo poco a poco, con la moda de servicios CLOUD. En la actualidad esto se ha acelerado de tal modo que ya conforman uno de los sectores de mayor crecimiento tras la pandemia. Pero muchos de ellos tienen un grave problema: no poseen las certificaciones necesarias. Particularmente no poseen la ISO 27001 ni el Esquema Nacional de Seguridad (ENS), lo que los deja en fuera de juego, con los clientes o posibles clientes que tengan que cumplir en cadena.
Un centro de datos es una instalación que alberga todas las estructuras básicas e infraestructuras de tecnología de la información (TI) de una organización. Hablamos de servidores, equipamiento eléctrico, electrónico e informático. También se encarga de centralizar las operaciones de TI realizadas. Por ejemplo tener acceso a la información de todos los datos de sus clientes y las operaciones que realizan. Por ello es una estructura básica para cualquier empresa, sea pública o privada.
En un principio, las empresas tenían sus propias instalaciones, pero con el tiempo, los problemas de ciberseguridad, legislativos, económicos o de espacio ha ido obligando a las empresas a renunciar a su propia instalación para alojar todas sus operaciones en CPD’s. Y esto es válido para empresas grandes, medianas o pequeñas. De este modo los CPD’s también han crecido y actualmente se pueden encontrar desde centros en pequeños espacios hasta grandes centros que ocupan edificios enteros.
Podéis leer más información (también técnica) sobre los CPD’s en la Wikipedia o en un artículo algo antiguo y básico del Incibe pero muy claro y esquemático AQUÍ.
Quin és el problema?
Desde su origen los CPD’s estaban obligados a seguir una serie de estándares muy variados. Entre ellos podríamos citar los geográficos (no pueden estar en lugares potencialmente inundables, por ejemplo); técnicos (deben tener infraestructuras fácilmente disponibles como energía eléctrica, carreteras, centrales de telecomunicaciones o bomberos); seguridad física (cámaras de seguridad, detectores de movimiento, cerraduras electromagnéticas, etc.); seguridad lógica de la propia instalación (medidas de protección y/o alertas ante caídas de tensión, desastres naturales, incendios, accesos no autorizados…).
Y esto que comentamos no es banal. Lo podemos comprobar en nuestro día a día. Últimamente son varios los clientes que nos llegan por circunstancias de este sector. Ya no es solo porque tengan que cumplir leyes en protección de datos, sino que tienen clientes, y posibles clientes que han de cumplir con la “rueda” o cadena normativa.
Dicho de otra manera: si una empresa quiere o debe certificarse en el Esquema Nacional de Seguridad va a exigir que sus proveedores, al menos los que afectan a la certificación, y por lo tanto, datos, que también estén certificados. Y esto es válido para el ENS, la ISO 27001 y otras del estilo.
El problema es que estos estándares ya no bastan, porque el mercado y la legislación obliga a que estos centros tengan una certificación dentro del área de la seguridad de la información. Particularmente hablamos de la ISO 27001 y del Esquema Nacional de Seguridad (ENS).
Los CPD’s que no dispongan de estas certificaciones quedarán automáticamente fuera de las necesidades del mercado, porque muchos de sus clientes se ven obligados a cumplir la cadena normativa. Así que no exageramos nada cuando decimos que a llegado la hora de los CPD’s: certificarse o morir
Para las empresas es fundamental, porque si a la seguridad que ofrece un CPD se le añade haber seguido el proceso de una certificación (recordamos que no solo es burocracia), está incorporando competitividad, diferenciarse de la competencia y en consecuencia, más negocio.
Os recordamos que la certificación es un paso más en todo este proceso. Si pensáis que con un CPD todo está resuelto para vuestra empresa, dejad que os recordemos este artículo publicado en este blog titulado ¿Quién tiene la responsabilidad de nuestros datos en la nube?
Y es que todo el tema relacionado con los datos es un tema muy serio. Al contrario de lo que suele pensarse, no solo es un proceso burocrático a cumplir, como estamos viendo en muchos casos de protección de datos en nuestros clientes. Pero de eso, ya hablaremos otro día…
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Imagen principal: evertonpestana en Pixabay
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Aumento de litigios por problemas en la protección de datos y ciberseguridad
Se ha publicado recientemente en el BOE el nuevo Esquema Nacional de Seguridad (ENS), una certificación necesaria para toda empresa que trabaje con la Administración.
La nueva regulación se adapta a las diferentes leyes estatales y europeas e incide en el papel de los CISO. ¿Y dónde queda el papel del delegado de protección de datos (DPD)?
¿Qué es un CISO?
Es la persona encargada de la seguridad de los sistemas de la información. La ley obliga, en determinados casos, a tener esta figura en plantilla, siendo un activo muy valioso, que debe integrarse dentro de la estructura y organigrama de la empresa, a alto nivel.
Tiene que organizar la ciberseguridad de la compañía y es el responsable máximo del tema, así como el interlocutor con la Administración, incluidos los trámites cuando hay un percance.
No hay que olvidar que cualquier empresa, pequeña o grande, de cualquier sector, tiene una gran exposición de sus activos. Si estos no se protegen, puede llevar a la pérdida de partes valiosas de la empresa y, por supuesto, puede afectar a la continuidad del negocio.
Quin és el problema?
La realidad del CISO no se corresponde con lo expuesto. ¿Cuenta con los recursos necesarios? ¿Se recorta su presupuesto desde áreas como dirección o finanzas, que poco saben de ciberseguridad? ¿Es un cabeza de turco? ¿Tiene que estar siempre en alerta? ¿Sufre burnout? Son muchos los problemas que puede tener un CISO, como podéis ver en este artículo publicado en nuestro blog. Quizá por todo ello, se permite que el CISO pueda ser externo a la empresa o incluso que forme parte de otra compañía de servicios de ciberseguridad.
Casos reales. ¿Es el CISO siempre el responsable?
Os explicamos a continuación un par de casos reales, de problemas con mayúsculas de dos empresas muy conocidas y con implantación global.
• CISO de SolarWinds.
SolarWinds es una empresa estadounidense con sede en Austin (Texas) y que desarrolla software para empresas. Unos piratas informáticos llevaron a cabo un ataque a la cadena de suministro a través de SolarWinds y violaron las redes de varios departamentos del gobierno de EE.UU., incluida la agencia a cargo del arsenal de armas nucleares del país. Todo eso como parte de una campaña mundial de ciberespionaje de meses de duración revelada en diciembre de 2020. Parece el caso más claro de “cabeza de turco”, por la resonancia que tuvo el caso, y porque le acusaron de negligencia. Resultado: lo demandaron por nada más y nada menos que 1.500 millones de dólares.
• CISO de UBER.
Este caso es diametralmente opuesto al anterior. Encubrió un posible pago de ransomware. Recordamos que pagar a ciberdelincuentes es delito. Y a este delito abría que añadir que si había sido negligente en su cargo, doble error.
Acabamos dejando claro el concepto de NEGLIGENCIA. Según la Real Academia Española es:
1. f. Descuido, falta de cuidado.
2. f. Falta de aplicación.
Conocer la legalidad
Como podéis ver, y siguiendo nuestro título de hoy, Aumento de litigios por problemas en la protección de datos y ciberseguridad las leyes cobran un protagonismo esencial. Por eso nos pusimos en contacto con uno de los despachos profesionales más especializado en Derecho Tecnológico: Tecnogados, con el que colaboramos asiduamente. Y les pedimos que nos explicaran su visión de estos temas. Y el resultado es este post compartido que estáis leyendo. Como venimos de casos reales, retoman el tema con un caso real vivido directamente.
En Tecnogados estuvimos muy atentos a la resolución de la Agencia Española de Protección de Datos, la nº E/09159/2020, respecto a la brecha de privacidad que sufrió la empresa Mapfre.
En dicha resolución, se puede leer la actuación de la compañía en relación al ataque que sufrió por la infección de un ransomware, y como la empresa una vez puesta la denuncia pertinente, comunico los hechos al INCIBE y CCN-CERT, así como publicó lo acaecido en su web y redes sociales.
De las actuaciones llevadas a cabo pudimos ver como la empresa, una vez detectado el virus, realizó una búsqueda en la web de VirusTotal y como en esa fecha el malware también era indetectable.
Mapfre también obtuvo las evidencias forenses necesarias para detectar el origen de la infección, con el fin de evitar posibles reinfecciones.
En relación a las medidas proactivas que tenía implementadas, consta que la compañía estaba suscrita a un código de conducta en materia de protección de datos y contaba con un plan de contingencia. El conjunto de actuaciones, como no pudo ser de otra manera, acabo con el archivo del expediente.
¿Y qué queremos haceros ver con todo esto? Pues que el trabajo en materia de ciberseguridad (CISO) va unido de la mano al del delegado de protección de datos (DPD). Donde el primero dice que medidas técnicas aplicar y, el segundo, que información proteger respecto a datos personales o potencialmente identificables.
Ambas figuras CISO y DPD también deberían tener una obligada colaboración, respecto a que medidas implementar en ciberseguridad y privacidad, desde el diseño y por defecto, donde la anticipación y la proactividad sean un valor para garantizar el cumplimiento normativo y así cumplir con el Reglamento Europeo de Protección de Datos, en relación a principios como la minimización de información para cumplir la finalidad del tratamiento o implementar medidas que permitan cumplir efectivamente el ciclo de vida del dato y el efectivo ejercicio del derecho de supresión del interesado.
Respecto al ENS y en relación al perfil de nuestros lectores, aquí cabría traer a colación que pasa con aquellas pymes que trabajan para la Administración, sobre todo en dos aspectos.
Primero, que requisitos tienen que cumplir estas empresas con relación al trabajo que llevan a cabo a entidades públicas y que medidas tiene que aplicar.
En este sentido, sería interesante que la Autoridad pertinente estandarizará procedimientos de cumplimiento para que cualquier proveedor de servicios de la Administración supiese que medidas tiene que aplicar.
Pero, en segundo lugar, también sería interesante para los entes públicos, el saber que requisitos tendrían que sacar en sus concursos, para que el candidato pueda garantizar un nivel óptimo de cumplimiento en materias como la ciberseguridad y la privacidad y que estos pudieran ser un factor determinante para la adjudicación del trabajo.
Por último, indicar que teniendo que ser el CISO y el DPD personas distintas dentro de la organización conforme al ENS, su labor, sin embargo, es totalmente complementaria donde, por un lado, uno aporta el conocimiento técnico y el otro garantiza el cumplimiento normativo.
Imagen principal: Pete Linforth en Pixabay
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¿Qué esperáis para certificaos en el ENS?
El Esquema Nacional de Seguridad (ENS) está a punto de actualizarse, tras más de diez años de haberse aprobado su creación. El texto del Proyecto de Real Decreto que va a regular el nuevo ENS incluye medidas más rígidas, por lo que se espera que la obtención del certificado sea un poco más difícil.
El ENS se ha convertido en la principal herramienta para fortalecer la ciberseguridad en el Sector Público. Desde su creación, el Centro Criptológico Nacional ha creado 61 guías (serie 800), 14 soluciones de ciberseguridad y 4 Instrucciones Técnicas de Seguridad publicadas en el BOE.
Estaba claro que era preciso realizar una revisión del ENS para afrontar las nuevas amenazas, mejorar las capacidades de vigilancia y diseñar respuestas cada vez más eficaces frente a los ataques. Además también era necesario alinearlo con el marco legal actual.
Por todo ello en mayo de 2021, el Consejo de Ministros aprobó un paquete de medidas urgentes en materia de ciberseguridad, con tres pilares básicos:
– Adoptar un Plan de Choque de Ciberseguridad.
– Actualización del Esquema Nacional de Seguridad.
– Medidas destinadas a los proveedores tecnológicos del sector público.
Recordamos que el ENS establece principios básicos, requisitos mínimos, medidas de protección y mecanismos de conformidad y monitorización para la gestión continuada de la seguridad para la administración digital, de aplicación a las entidades del sector público y de las privadas que colaboren en la prestación de servicios públicos.
“También están obligadas a cumplir el ENS
todas las empresas del sector privado
que sean dependientes o estén vinculadas
con las Administraciones públicas.”
¡También entidades privadas!
Todavía hay empresas que piensan que el ENS no va con ellas, que sólo afecta al Sector Público. Pero eso no es así. Las empresas privadas que prestan servicios o soluciones tecnológicas a la Administración pública, estarán obligadas a cumplir con el ENS.
Estamos hablando de empresas que proveen a las Administraciones Públicas de aplicaciones comerciales, desarrollo de software, servicios de soporte y mantenimiento de sistemas de información, servicios de computación en nube, etc.
Las empresas que se presenten a licitaciones públicas relativas a servicios o productos tecnológicos deberán tener el Certificado de Conformidad con el ENS en su nivel medio o alto.
Si necesitáis un poco más de información de lo que es exactamente el ENS, las 75 medidas de seguridad que recoge o los tres niveles de riesgo (medio, alto, bajo) os invitamos a leer nuestro artículo de enero de 2021 publicado en este blog.
¿Qué esperáis para certificaos en el ENS?
TECNOideas os ayuda a obtener el ENS.
Estamos especializados en certificación, tanto a nivel
de empresa privada
como del Sector Público.
De hecho, varios ayuntamientos ya nos han confiado
el desarrollo de su certificación.
No esperéis la nueva reglamentación. Adelantaos a ella obteniendo
el Certificado de Conformidad con el ENS a través de TECNOideas.
Y si no tenéis dinero, ¿sabéis que casi lo están regalando?
Os podemos ayudar a conseguir financiación, si con eso os ayudamos a obtener esta certificación, y que consigáis más clientes.
- Published in Certificaciones, General, Normativa, Noticias, Protección de datos
¿Ya estáis certificados para el Esquema Nacional de Seguridad (ENS)?
Toda empresa que trabaje, preste un servicio en régimen de concesión, encomienda de gestión o contrato que le relacione con las administraciones públicas y organizaciones relacionadas (Administración General del Estado, Administraciones de las Comunidades Autónomas, Administración local, universidades, entidades de derecho privado, etc.) deben certificar que cumplen el Esquema Nacional de Seguridad.
El CISO determina la política de seguridad en la utilización de medios electrónicos. Está constituido por unos principios básicos y unos requisitos mínimos que permitan una protección adecuada de la información. Naturalmente todas las Administraciones deben adecuarse a ello. Pero también las entidades privadas que manejan datos sensibles, de alto riesgo, deben implantar el Esquema Nacional de Seguridad.
¿Qué es el Esquema Nacional de Seguridad?
• Es una norma jurídica que defiende la privacidad de los ciudadanos.
• Proporciona al sector público un planteamiento común de seguridad para la protección de la información.
• Su objetivo es determinar la política de seguridad en la utilización de medios electrónicos.
• Se trata de garantizar las buenas prácticas en la implantación y evolución de la tecnología y las ciberamenazas.
• Es conforme con la regulación internacional y europea.
Tenéis más información en la web del Centro Criptológico Nacional.
TECNOideas os ayuda en todo el proceso de certificación.
Confiad en una empresa especializada en ciberseguridad.
Quin és el marc regulador del ENS?
• Ley 11/2007 de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. Se crea el Esquema Nacional de Seguridad.
• Real Decreto 3/2010 de 8 de enero. Se aprueba el ENS y determina la política de seguridad en la utilización de medios electrónicos. Fija los principios básicos y requisitos mínimos que permitan una protección adecuada de la información.
• Ley 40/2015 de 1 de octubre. Recoge el ENS en su artículo 156 apartado 2.
• Real Decreto 951/2015 de 23 de octubre. Recoge el entorno regulatorio de la Unión Europea de las tecnologías de la información y de la experiencia de la implantación del Esquema.
• Tras esta última actualización se determinó que sería exigible su completo cumplimiento a partir del 5 de noviembre de 2017.
La legislación prevé multas y sanciones para las empresas que aun no están certificadas.
Tenéis más información en el portal de la administración electrónica (PAE) del Gobierno.
La legislación prevé multas y sanciones
para las empresas que aun no están certificadas.
¿Ya estáis certificados para el Esquema Nacional de Seguridad (ENS)? ¿Qué medidas de seguridad recoge?
El ENS recoge 75 medidas de seguridad agrupadas en tres puntos:
• Marc organitzatiu: 4 mesures
• Marc operacional: 31 mesures
• Mesures de protecció: 40 mesures
Es por ello por lo que, dependiendo de la actividad y de las medidas que tenga una empresa existen diferentes niveles de certificación. Así hay un nivel de riesgo BAJO, MEDIO o ALTO.
Para los niveles MEDIO o ALTO, la certificación es obligatoria.
En el caso del nivel BAJO es una certificación voluntaria, pero cada vez se precisa más para ser competitivo en el mercado.
Les empreses han d'implantar els controls que estableix el ENS per a cada cas. La certificació s'aconsegueix superant una auditoria d'una entitat independent i autoritzada pel Centro Criptológico Nacional.
¿Ya estáis certificados para el Esquema Nacional de Seguridad (ENS)? ¡Certificaros con TECNOideas 2.0.!
Os ayudamos a obtener vuestra certificación. Si ya sois clientes nuestros y ya conocemos vuestras necesidades, la certificación puede ser más rápida.
Si todavía no nos conocéis, podéis certificaros con nosotros y así descubriréis nuestra forma de trabajar y nuestra experiencia.
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